El Ministerio convoca ayudas para la producción de cortometrajes


El BOE de este martes publica la Resolución de 18 de abril de 2016, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2016 ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados.

EXTRACTO

«De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

Primero. Objeto.

Convocar para el año 2016, mediante régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados.

El procedimiento de las ayudas a cortometrajes realizados se tramitará en dos fases.

Segundo. Beneficiarios.

Empresas productoras independientes.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ECD/2796/2015, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» n.º 306, de 23 de diciembre de 2015), por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Capítulo III de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.

Cuarto. Cuantía.

El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 1.000.000 de euros, y será distribuida en 700.000 € para ayudas cortometrajes sobre proyecto y 300.000 € para ayudas a cortometrajes realizados. En las ayudas a la producción de cortometrajes realizados, para la primera fase se reservarán 150.000 euros y para la segunda 150.000 euros.

La cuantía máxima de la ayuda a cortometrajes sobre proyecto será de 30.500 euros por película beneficiaria, y en ningún caso podrá superar la inversión del productor, ni el 75 por 100 del coste reconocido al cortometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, tal y como queda definido en el artículo 13 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.

La cuantía máxima de la ayuda a cortometrajes realizados no podrá superar el 75 por 100 del coste reconocido al cortometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, tal y como queda definido en el artículo 13 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.

Dichas ayudas son compatibles entre sí, sin que la suma de ambas pueda superar el coste de la película y con el límite máximo de 70.000,00 euros por película beneficiaria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Para las ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto, el plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el día 13 de mayo a las 15:00 horas

Para las ayudas a la producción de cortometrajes realizados, el plazo de presentación de solicitudes se iniciará:

Primera fase: el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el 13 de mayo de 2016, a las 15:00 horas. Las películas deberán haber sido calificadas entre el 31 de mayo de 2015 y el 31 de diciembre de 2015, ambos inclusive. El plazo para solicitar el reconocimiento del coste de producción de la película finalizará el 10 de mayo de 2016.

Segunda fase: el plazo se iniciará el 17 de mayo de 2016 y finalizará el 14 de junio de 2016, a las 15:00 horas. Las películas deberán haber sido calificadas entre el 2 de enero de 2016 y el 30 de mayo de 2016, ambos inclusive. En ese último caso, el plazo para solicitar la calificación de la película finalizará el 29 de abril de 2016. El plazo para solicitar el reconocimiento del coste finalizará el 8 de junio de 2016.

Madrid, 18 de abril de 2016.- La Directora General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Lorena González Olivares».

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