El Gobierno canario aplicará el tipo cero del IGIC a la producción audiovisual


El Gobierno canario aplicará el tipo cero del IGIC a las adquisiciones y a las importaciones de bienes y servicios hechas por las empresas productoras y que estén destinadas a obras cinematográficas y otras obras audiovisuales que se realicen en las Islas, según informa La Provincia.

«Se trata de una medida de fomento a este tipo de producciones», afirma la consejera de Hacienda, Rosa Dávila, que explicó que es un incentivo fiscal que complementa a los ya existentes en el Impuesto sobre Sociedades dentro del marco del Régimen Económico y Fiscal (REF). Rosa Dávila explicó que «el objetivo del Gobierno es afianzar aún más la consolidación del Archipiélago como plató cinematográfico, estableciendo un sistema que permite agilizar la recuperación del IGIC, sin necesidad de tener que acudir al trámite de devolución periódica al que, hasta ahora, estaban sujetas las empresas proveedoras».

La orden firmada por la consejera se publica hoy en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y tendrá efecto retroactivo desde el 1 de enero de este año. En ella se recoge que las empresas proveedoras que obtengan el correspondiente reconocimiento por la Agencia Tributaria Canaria no tendrán que desembolsar este impuesto.

La consejera de Hacienda añadió que el establecimiento de este nuevo tipo cero tiene un nulo impacto en la recaudación. «Hasta ahora las empresas proveedoras o importadoras pagaban el IGIC en el momento de la adquisición o importación de los bienes, pero luego podían solicitar la deducción o devolución de esos pagos, de forma que lo que entraba vía ingreso, salía luego vía deducción», detalló Rosa Dávila, que explicó de esta forma que no se producirá pérdida alguna en los ingresos de la Comunidad Autónoma.

La orden supone la simplificación de los trámites que tenían que realizar las empresas. «Por ejemplo, si una productora internacional rodaba una superproducción en Canarias, su actividad no estaba sujeta a IGIC porque la empresa no tiene sede en las Islas; sin embargo, esa producción podría contratar a proveedores canarios que tendrían que adquirir productos o servicios para realizar su trabajo y, por tanto, pagar un IGIC sobre el que luego podían solicitar su devolución y esperar a final de año para que se produjera».

Podrán solicitar el reconocimiento a que se refiere la Orden las empresas de producción de películas cinematográficas y obras audiovisuales que figuren inscritas en la sección primera del Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, como empresa de producción de películas cinematográficas y obras audiovisuales.

NOTA.- Publicado por Rubén Acosta en La Provincia

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